• Culpa de la empresa arrendadora del material por los accidentes laborales

     Un trabajador sufre un accidente de trabajo mientras limpiaba los cristales de un edificio en un noveno piso, cuando se le rompe uno de los enganches del arnés que llevaba y se estrella contra una plataforma, quedando absolutamente impedido para la prestación de todo trabajo.

    Como consecuencia del mismo, el trabajador demanda a la empresa solicitando una indemnización por los daños sufridos. La empresa, sin embargo, considera que, dado que el material suministrado al trabajador no es suyo sino que lo arrienda a otra empresa de servicios, debe ser esta la que responda por los perjuicios ocasionados al operario.

    La sentencia que resuelve el caso dice que no ha de ser la empresa arrendadora la que se encargue de la indemnización, sino que la responsable, en todo caso, ha de ser la empresa que tiene contratado al hombre, puesto que es la encargada de revisar el correcto funcionamiento de todo el material, que se le ha entregado en perfecto estado y velar por la salud y seguridad de todos sus trabajadores evitando los accidentes laborales.

    Si tiene cualquier problema no dude en consultar con el despacho G2S abogados y estaremos encantados de asesorarle y representarle.

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